Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada?

Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada
ROBO DE MOTOS: Un delito que no va a parar (si no cambia la estrategia del Estado) Moto sin patente estacionada a 20 metros del acceso principal de la Municipalidad de Reconquista, ahora, cuando publicamos esta editorial. Así, como están dadas las cosas, el robo de motos no va a detenerse. No vemos ningún motivo en la actualidad para pensar lo contrario.

Es evidente que esta modalidad delictiva no es centro de atención del Estado, que sigue con prácticas inconducentes, no ensayan siquiera cambios en la estrategia de persecución de este delito, que no es menor. Para la mayoría de la población, la moto es el único medio de movilidad, y el pago de las cuotas consumen parte importante de sus ingresos.

Cuando se detiene a una persona con una moto robada, se presume que es mero encubridor, y en la práctica no hay persecución penal, no hay consecuencias. Las causas quedan en la nada, y en la nada los damnificados: sin moto y sin justicia, O como en el caso que se informó también hoy (): Recuperaron una moto e identificaron a los autores del robo: el mayor de edad se fue a su casa y todo lo que perdió es la moto (ajena), mientras que el menor fue puesto a disposición de la jueza de menores, quien dispuso que se tome la declaración correspondiente y sea entregado a su progenitora bajo su guarda.

¿Cómo creen que seguirá el caso, y cómo terminará, teniendo en cuenta cómo están abarrotados de trabajo tanto en fiscalía como en el Juzgado de Menores?. Encima, al no cambiar la estrategia de persecución del delito, los recarga más de trabajo, es un círculo vicioso, Así, las autoridades encontrarán cada vez más justificativo para explicar que no tienen capacidad de actuación.

Es un círculo interminable, que se retroalimenta y se expande. También así el delito tiende a complejizarse, con modalidad de organizaciones, con roles determinados. Por eso es tan común para muchos comprar una moto robada. La pagan a precio vil y esos pocos pesos es todo lo que pierden, en el peor de los casos.

  1. Es la misma impunidad la que favorece la proliferación del delito.
  2. El Estado es cómplice,
  3. Y lo ratifica cuando los controles son insuficientes, cuando se puede andar sin patente e incluso estacionarla frente a una comisaría, central de policía, o frente a la misma Municipalidad.
  4. Es la misma impunidad la que favorece la profileración del delito.

El Estado es cómplice. Los malvivientes encima son impiadosos con las autoridades, para exponerlos más, es notable cómo roban motos en sus narices y las llevan ante sus ojos, como cuando hacen la típica: Uno conduce una moto en funcionamiento, y el cómplice va a la par con la moto robada, prendido del hombro o con un pie apoyado en el pedalín de la otra.

  1. Así van rumbo a un lugar donde cambiarán el aspecto, o la desarmarán para sacar algunos repuestos y abandonarla.
  2. Podrían hacer un cementerio de pedazos de motos.
  3. Hemos visto también a través de imágenes en la investigación de robos, cómo los policías solo miran desde el patrullero cuando circulan motos sin patentes o llevadas a la par ante sus ojos,

De actuar preventivamente, hubieran recuperado esa moto. ¿Por qué un policía ha de seguir sentado en el patrullero mientras pasa una moto sin patente, o llevan una a la par?. Lo mismo aplica para los que circulan en vehículos de todo tipo sin luces reglamentarias, o en otra flagrante infracción, como cuando pasan un semáforo en rojo.

Mínimamente, deberían detener la marcha del vehículo para efectuar un control, y (de no haber delito) convocar a un inspector municipal. Sería optimizar el recurso del Estado, trabajar en sintonía para lograr mejores resultados. Todo sumaría para mejorar la seguridad. Toda la carga de recursos es sostenida al fin y al cabo por los mismos ciudadanos, los que merecen mayor seguridad.

Nada justifica seguir descansando en el patrullero. Y eso también lo hemos visto: los que cobran para descansar, lejos de una actitud vigilante ; y el que no quiere ser vigilante, no sirve como policía, ni como inspector. Celebramos que hay quienes tienen otro perfil, y de hecho que son los que producen algunos resultados positivos, pero vemos un problema de matriz, de dirección política (histórica, más allá del cambio de gobierno y actores).

Suerte que esto puede cambiar con precisas instrucciones. De ellos depende(mos), y a ellos apelamos. Y hay otra inacción notable, vergonzosa: cuando hay un control (por ejemplo camino al Puerto). Entonces podemos ver una fila de vehículos de todo tipo que lo único que tienen que hacer para lograr la impunidad, es esperar que se levante el control.

Nadie se acercará a cazar en ese zoológico. Para los infractores, la paciencia paga con impunidad. Será suficiente esperar un rato. Eso lo utilizan también personas con otras infracciones flagrantes. Con ellos no se mete ni la policía, ni la Municipalidad.

  1. Los agentes quedan en su puesto fijo.
  2. Ellos seguirán cumpliendo la función ordenada por un superior, típico funcionario que no vino para cambiar las cosas, otro cobrador de sueldos de los que abundan en este Estado caro e ineficiente.
  3. Hay mercado, hay delito.
  4. Urge un cambio de estrategia.
  5. Para que algo cambie a favor de la comunidad, tiene que cambiar la política de persecución del delito.

Gustavo Raffin – ReconquistaHOY Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Motos sin patente, estacionadas esta misma mañana de la editorial, en la cuadra de la Unidad Regional IX de Policía. Hecho común y repitente. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Motos sin patente, estacionadas esta misma mañana de la editorial, en la cuadra de la Unidad Regional IX de Policía. Hecho común y repitente. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Motos sin patente, estacionadas esta misma mañana de la editorial, en la cuadra de la Unidad Regional IX de Policía. Hecho común y repitente. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Otra moto sin patente, estacionada esta misma mañana de la editorial, en la cuadra de la Unidad Regional IX de Policía. Hecho común y repitente. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Moto sin patente estacionada a 20 metros del acceso principal de la Municipalidad de Reconquista, ahora, cuando publicamos esta editorial. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada Es común ver motos sin patentes estacionadas en inmediaciones de la Municipalidad y de la policía. Más de moto robada : ROBO DE MOTOS: Un delito que no va a parar (si no cambia la estrategia del Estado)

¿Qué pasa si manejas una moto robada?

Los que tengan motos o partes robadas pueden ir a prisión Por la gran cantidad de robos de motos, los fiscales apuntarán a los que las compran. El delito se paga con prisión de seis meses a tres años. Además vinculan la sustracción con la venta de drogas.12 de octubre 2012 · 06:07hs Las motos se roban para luego venderlas, enteras o en partes. En numerosos hechos como accidentes, allanamientos y controles de tránsito, al momento de identificar el vehículo surge que tiene un pedido de secuestro por haber sido robado. En ese momento, la moto se secuestra y quien la tiene en su poder se va a su casa sin problemas.

Por esto es que los fiscales recibieron la instrucción del procurador general de la Provincia, Jorge García, de aplicar el artículo 277 del Código Penal, que sanciona a aquel que “Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito”. Robo de motos y narcotráfico Además, desde la Fiscalía consideran que “es habitual que las personas que se dedican a la compra de los motovehículos hurtados o robados, y su posterior rescate y/o venta de autopartes, también se dediquen a la venta de estupefacientes y tenencia ilegítima de armas de fuego”.

Esto surge a partir del análisis de los procedimientos en los que se secuestran drogas, armas y municiones, donde también encuentran motos con diferentes irregularidades o denunciadas como robadas.

También afirman que en reiteradas ocasiones se ha probado que quienes roban las motos y las venden, utilizan el dinero de esta comercialización para la compra de drogas. En este sentido, la Fiscalía plantea: “Teniendo en cuenta esta circunstancia, es claro que con la investigación del hurto o robo de motovehículos y su posterior rescate, se podrían esclarecer los delitos de tenencia o portación ilegítima de armas de fuego y venta de estupefacientes”. Vendedores y devolución Entre los objetivos planteados también está individualizar a quienes venden motos robadas y a los responsables de desarmaderos clandestinos.

Muchas veces las personas a quienes les secuestran las motos por irregularidades van a pedir que se las devuelvan por motivos laborales, por ejemplo. Ante esta situación, García ordenó a los fiscales a partir de ahora “oponerse a la devolución de los motovehículos en caso de que hubieren sido utilizados o servido para cometer el hecho, o queden sujeto a decomiso”.

Cifras alarmantes En la capital provincial no se puede dejar una moto estacionada, con traba, alarma y candado, sin ser una tentación para esta actividad delictiva, que a veces la cometen ladrones solitarios y otras grupos con cierto nivel de organización: ladrones, vendedores, desarmaderos, intermediarios para el pago de rescates, y hasta se investiga la participación de policías que pasan los datos de víctimas que radican las denuncias.

Las cifras proporcionadas por la Policía de Entre Ríos alarmó al Ministerio Público Fiscal. “En el período comprendido entre enero y junio de 2012 se han tramitado 1.033 sumarios prevencionales”, por causas en las que motos tuvieron intervención. En ese mismo semestre se contaron 320 siniestros viales con la participación de motos, por los cuales se iniciaron causas judiciales por Lesiones culposas y Homicidio culposo, sea por conducción imprudente o por la conducción antirreglamentaria.

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Además, se informó que en el mismo período se produjeron 265 robos en los cuales se utilizaron motos como medio de transporte o movilidad para perpetrarlos. Se trata de Robos simples, como los arrebatos callejeros o de motochorros, y Robos Calificados por el uso de armas de fuego o blancas. También se enumeró dentro de los delitos que involucran a las motos, “Adulteración de numeración de identificación de los vehículos obtenidos en forma ilícita para ponerlos ilegalmente nuevamente en el mercado comercial”, Encubrimiento, Estafas y extorsiones, así como “la sustracción de motovehículos en las comisarías” cometidos por propios policías.

Se remarcó además el acuerdo de la Fiscalía con las exigencias del municipio respecto, por ejemplo, del patentamiento o el uso del casco para cargar nafta. Medidas que, al reducir la cantidad de accidentes, no solo descomprimen el sistema judicial, sino que también se ahorra un gasto millonario a los hospitales públicos, así como el gasto de personal y trámites que la Policía y Criminalística deben hacer en cada operativo. : Los que tengan motos o partes robadas pueden ir a prisión

¿Cuántos años de cárcel le dan a los Huachicoleros?

Comunicado FGR DPE/0645/2022. Por huachicoleo sentencian a una persona a 12 años de prisión en Baja California

El Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR), obtuvo del Juez de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal, con sede en Tijuana, sentencia condenatoria de 12 años de prisión y multa por un millón 13 mil 805 pesos, en contra de una persona. A Jesús “L” se le encontró culpable por el delito de posesión ilícita de hidrocarburo, contemplado en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.De acuerdo con la carpeta de investigación, elementos de la entonces Policía Federal, al realizar labores de vigilancia en la vía pública, sobre el kilómetro 015+700, carretera Tijuana-Ensenada, aseguraron al hoy sentenciado, en posesión de veinte mil litros de Diésel.Por esos hechos, el agente del Ministerio Público Federal, después de integrar la carpeta de investigación por el delito mencionado, determinó su judicialización ante la autoridad competente, quien en un juicio oral, dictó la sentencia referida. oOo

: Comunicado FGR DPE/0645/2022. Por huachicoleo sentencian a una persona a 12 años de prisión en Baja California

¿Cuántos años de cárcel por hurto?

La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años, si el hurto se cometiere: 1. Con violencia sobre las cosas.

¿Cuál es la multa por robar?

El hurto de cosa prestada – El Código Penal regula un tipo de hurto especial en el artículo 236. Este delito se produce cuando se presta un bien mueble a un tercero que lo tiene legítimamente en su poder, pero el dueño decide sustraerlo, creando con ello un perjuicio,

Un ejemplo típico de este delito se produce cuando dejamos un teléfono móvil en el servicio de reparación y nos lo llevamos sin haber pagado la factura. Este delito está penado con multa de 3 a 12 meses, pero si el valor de efecto sustraído no supera los 400 euros, se castigará con una multa de 1 a 3 meses.1.

Será castigado con multa de tres a doce meses el que, siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero.2. Si el valor de la cosa sustraída no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.

¿Que te piden cuando te roban la moto?

La motocicleta es un medio de transporte que ofrece grandes ventajas de movilidad, sobre todo en ciudades, pero a la vez es el vehículo que más robos sufre, según datos de la empresa de localización y recuperación de vehículos robados Detector, Está claro que las motocicletas son uno de los grandes objetos de deseo de los ladrones. Una cosa es la teoría y otra, muy diferente, la práctica. Por mucho que tengas en cuenta los consejos para evitar que te roben la moto, nunca vas a estar libre de que los ladrones logren su objetivo y te la quiten. Si has llegado hasta aquí porque has sido víctima de un robo, a continuación te vamos a indicar los pasos que debes seguir para intentar recuperarla o, al menos, para saber cómo puede ayudarte tu seguro.

El primer paso y el más importante es acudir inmediatamente a la Policía a poner una denuncia, de tal forma que los cuerpos de seguridad tengan constancia del robo antes de que el vehículo pueda llegar lejos y sea más difícil su localización. Es importante que lo hagas cuanto antes para que no te veas involucrado en un delito que se haya llevado a cabo con la moto robada.

Tras poner la pertinente denuncia, contacta con tu compañía de seguros y comprueba si tu póliza incluye la cobertura de robo de moto, la cual está disponible de serie en la modalidad a todo riesgo y de manera opcional en los seguros a terceros. Esta cobertura cubre la indemnización por la sustracción de la moto según las condiciones que establezca la póliza, que pueden ser desde el valor a nuevo durante los primeros años desde su matriculación, hasta el valor venal (valor de venta de la moto en el momento anterior al siniestro) o hasta valor venal mejorado en un tanto por ciento determinado.

  • En caso de que la moto aparezca, la cobertura de robo también te garantiza la reparación de los daños que haya podido sufrir durante su sustracción, siempre que el coste de ésta no supere el valor venal de la moto, en cuyo caso la compañía te pagará la indemnización por siniestro total,
  • En este apartado es interesante mencionar que la póliza MotoFlexible de AXA es la única que recoge de forma expresa en sus condiciones generales que cubre hasta 300 euros de gastos para la búsqueda de la moto, por lo que junto a las medidas que tome la autoridad, podrías contar con esa ayuda extra de la aseguradora.

A veces, los ladrones dejan los vehículos abandonados tras el robo y alguien avisa al depósito municipal para que se la lleven. También puede ocurrir que la moto no haya sido robada, sino que, por estar mal aparcada, una grúa la haya trasladado al depósito.

  1. Para asegurarte, puedes telefonear o acudir a los depósitos municipales cercanos a la zona donde tenías la moto para que te informen si saben algo acerca de su paradero.
  2. Publica en tus redes sociales que has sufrido el robo de tu moto e incluye fotos y datos como el número de matrícula para que tus contactos puedan estar alerta en caso de verla.

Los ladrones suelen robar las motos para posteriormente venderlas en el mercado de segunda mano. Una de las maneras de hacerlo es a través de webs de venta de vehículos usados, por lo que echa un vistazo a todos los portales que conozcas por si tienes la suerte de dar con la tuya.

Por otra parte, navega por páginas web y foros donde acude habitualmente la comunidad motera y donde puedes publicar el robo de moto y dar todo tipo de detalles sobre tu modelo. Si pasado un tiempo no has tenido suerte, acude a la Jefatura de Tráfico de tu provincia y da de baja la moto, al menos de forma temporal, entre otras cosas para que no te pasen el recibo del impuesto de circulación.

En el caso de que finalmente encuentres la moto, podrás darla de alta de forma gratuita, ya que cuando se trata de un robo denunciado no es necesario pagar las tasas de darla de alta. En caso de dudas, puedes pedir a tu compañía de seguros que te ayude con todos los trámites que sean necesarios.

Las motos son los vehículos más deseados por los amigos de lo ajeno, así que pon los cinco sentidos si no quieres que te sustraigan la tuya. En el caso de que seas víctima del robo de tu motocicleta, recuerda que lo más importante que tienes que hacer es denunciar la sustracción en una comisaría de Policía y después dar un parte a tu compañía de seguros. Posteriormente, es conveniente que contactes con los depósitos municipales y que utilices las redes sociales y las webs de compra-venta de motos de Internet para comunicar, entre tus contactos, que ha desaparecido tu motocicleta. Es conveniente que des de baja la moto temporalmente en la Dirección General de Tráfico.

FAQ ¿Qué es lo primero que tengo que hacer si me roban la moto? Ir a la Comisaría de Policía y denunciar la sustracción oficialmente. Inmediatamente después, hay que dar un parte de robo a tu compañía aseguradora. ¿Qué otras medidas debo tomar si no aparece la moto? Es conveniente llamar o visitar los depósitos municipales por si tu moto estuviera almacenada allí por una u otra razón.

Dirección General de Tráfico

¿Qué pasa si te asaltan y no traes nada?

Será una sospecha de asalto. Lo primero que debes de hacer es mostrar que ya te diste cuenta y que estás alerta. Muchos asaltantes desisten de sus intenciones cuando ven que la víctima tiene intenciones de defenderse de alguna manera o pedir auxilio.

¿Qué pasa si me acusan sin pruebas?

¿Cómo se castiga un delito de denuncia falsa? – El artículo 465.1 del Código Penal establece pena de prisión y/o multa en función de la gravedad del delito que se ha intentado imputar, Por lo tanto, las consecuencias de una denuncia falsa son:

Pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses si se imputa un delito grave.Pena de multa de 12 a 24 meses si se imputa un delito menos grave.Pena de multa de 3 a 6 meses si se imputa un delito leve.

Por otro lado, si el denunciante hace pública la denuncia y posteriormente se demuestra su falsedad, podría ser culpable también de un delito de calumnias, En estos supuestos habrá un concurso real de delitos al tratarse de dos delitos distintos.

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¿Qué pasa si robas con 16 años?

Si necesitas algún documento legal agrario puedes adquirirlos en nuestra tienda on line: Los documentos y formularios más útiles para el derecho agrario : http://tienda.agronewscastillayleon.com/ – ¿qué es un delito?: Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, es contrario a lo que establece la ley, y por tanto merece un castigo o una o pena.

Igual que en el colegio hay unas normas que si se incumplen tienen unas consecuencias o castigos determinados, en España el Parlamento aprueba unas leyes que si se incumplen también tienen unas consecuencias o castigos. Cuando esas normas recogen situaciones especialmente graves estamos hablando del Código Penal, donde se regulan los delitos, ya sean graves, menos graves o leves, que pueden ir desde asesinar a alguien hasta insultar a otra persona, o maltratar animales, echar sustancias contaminantes en el agua o robar en una tienda, por ejemplo.

Vamos a ver una serie de delitos en los que más frecuentemente se pueden ver involucrados los menores: DELITOS TECNOLOGICOS O INFORMATICOS Este tipo de delitos se comete a través del uso de las nuevas tecnologías, usando twiter, facebook, wasap, etc con el ordenador, la Tablet, el móvil.

  • Esto tiene muchas ventajas (el contacto inmediato con amigos, conocer noticias en el momento, etc.), pero también tiene muchos peligros pues se pueden cometer actuaciones delictivas incluso casi sin ser consciente de ello.
  • Cuando un menor comete un delito tecnológico lo hace en la mayoría de los casos por la creencia del falso anonimato que nos otorga la red (es imposible o muy difícil que sepan quien soy), o ante el convencimiento de que “¡Como soy menor no me pueden hacer nada!” (sensación de impunidad), Muy lejos de la realidad en ambos casos.

El menor es responsable de sus actos y además es relativamente sencillo identificar al usuario en la red, con los datos de registro de la cuenta, la IP, etc. Y en todo caso la policía tiene grupos especializados en el tema: la Policía Nacional (Grupo de Protección al Menor en el Uso de las Nuevas Tecnologías y Unidad de Investigación de la Delincuencia en Tecnologías de la Información) y la Guardia Civil (Grupo de Delitos Telemáticos) En todo caso siempre hay que utilizar el sentido común y no hacer en la red de redes aquello que tampoco hacemos en la vida real pues, y siempre ante la duda no hacer lo que pretendíamos sin previamente consultar a un adulto.

SEXTING :

Consiste en el envío de contenido erótico o sexuales de uno mismo o reenviar los recibidos a través de teléfonos móviles o de redes sociales. En principio el envío de una propia imagen no reviste ningún concepto delictivo, el peligro es el uso que haga el que recibe esa imagen (además de los datos “ocultos” o metadatos” que pueden contener), ya que puede conllevar situaciones de acoso, extorsión, chantaje, insultos y demás conductas que pueden afectar psicológicamente al protagonista de la imagen sexual.

Estas conductas suponen una grave vulneración del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, lo cual, puede constituir un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 C.P, que se castiga para los mayores con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses,

Como ejemplo:

el adolescente que envía una imagen de contenido erótico como regalo a su pareja, y esta, lo reenvía a su mejor amig@, el cual, puede reenviarlo a su vez, produciéndose envíos incontrolados, pudiendo acabar publicado en Internet con acceso público.

vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=mhTcNsNJM9o https://www.youtube.com/watch?v=xjRv3okyfww

CYBERBULLING:

El ciberbullying o ciberacoso, es una modalidad de bulling o de acoso que se vale de las nuevas tecnologías (Internet, sobre todo redes sociales, smartphones y videojuegos online). Existen varias formas de cometer ciberbullying, pero las más comunes se basan en la ridiculización de la víctima mediante imágenes comprometidas, dejar comentarios ofensivos en redes sociales o foros, hacer circular rumores falsos, usar el correo electrónico del acosado para que reciba spam o emplear el email o el móvil para coaccionar o amenazar.

GROOMING:

Se trata de un acoso cometido por alguien (puede ser un menor o un mayor) que con una falsa identidad se gana la confianza del menor de 16 años, con la finalidad de obtener imágenes de contenido erótico y/o pornográfico, que se las manda por mensajería o por la red, encaminada finalmente a abusar sexualmente del menor, no dudando en coaccionar y amenazar al menor, con hacer llegar a sus círculos las imágenes que ha obtenido.

De este modo, todo acto sexual con un menor de dieciséis años es un hecho delictivo, (salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez) Este delito se regula en el art.183 CP con la pena para los mayores de uno a tres años de prisión.

vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=Pa2ttVRA-xU

SEXTORSION:

Se trata de la realización de chantaje sexual por Internet. Consiste en engañar a otro para conseguir imágenes comprometidas o pornográficas; y una vez obtenidas piden dinero a cambio de no mandarlas a contactos, familia, amigos. Se trata de un delito de chantaje o amenazas regulado en el art.169 del Código Penal que para los mayores tiene una pena de prisión de uno a cinco años.

  1. Vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=kSFjLPYesiU 5.- RETUITETO DE TUIWTS CON CONTENIDO ILICITO: Por ejemplo cuando alguien denuncia o acusa a un perfil de haber cometido un hecho ilícito, por ejemplo, retuitea algo así como: “Hola, a mi amiga le han robado el movil en Sevilla.
  2. El tipo se ha hecho 1foto y la ha puesto en whatsapp.

Porfa Retuit No debemos retuitear el mismo, puesto que en este caso, se está acusando de haber cometido un “robo”, algo que desconocemos si es cierto o no, por lo que podemos incurrir en un delito de calumnias, por el que estamos diciendo que alguien ha cometido un delito sabiendo que no es cierto, está regulado en el art.205 del código Penal, y para los mayores tiene una pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Otro caso es que retuitemos un tuit con insultos a otra persona, también podríamos estar cometiendo un delito de injurias, del art.208 del código Penal que para los mayores puede conllevar una importante multa económica.6.- SUPLANTACION DE IDENTIDAD EN INTERNET: La suplantación de nuestra identidad digital se produce cuando una persona malintencionada actúa en nuestro nombre y se hace pasar por nosotros mediante diversas técnicas, como el registro de un perfil falso en una red social, creando confusión respecto al verdadero titular del mismo, Como ejemplo podemos utilizar el del chico que, debido a una discusión con una amiga, publicó en Internet un anuncio con el número de teléfono y una foto de su amiga prestándose a mantener relaciones sexuales con terceros a cambio de dinero.

En el Código Penal, a este tipo de delito técnicamente se le llama usurpación del estado civil del Art.401 C.P.: que para los mayores serán castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.7.- INCITACIÓN AL ODIO A TRAVÉS DE INTERNET : Quien a través de las redes sociales, fomenten el odio, la discriminación o la violencia contra un grupo de personas, o una persona por motivos racistas, antisemitas, motivos religiosos, pertenencia a una raza, por su origen nacional, su orientación sexual, enfermedad etc, está cometiendo un delito de incitación al odio o a la violencia.

  • Se regula en el art.510 del Código Penal y para los mayores está castigado con pena de prisión de 1 a 4 años.
  • Como ejemplo la condena a dos skinheads por la incitación a través de las redes sociales al odio y la violencia contra determinadas minorías como gitanos, musulmanes, homosexuales, judíos o inmigrantes entre otros.

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD 1.- DELITO DE HURTO,- Se trata de coger cosas ajenas sin la voluntad del dueño. Se recoge en el art.234 CP y las penas para los mayores van de prisión de 6 a 18 meses si la cuantía de lo sustraído es superior a 400€ Y de multa económica si la cuantía de los sustraído no excede de 400€ Como ejemplo, sin que se entere el compañero le quito el móvil o el MP3 que tiene en la mochila; o voy a una tienda y sin que me vean y sin pagarlo claro me meto en el bolso un jersey o un paquete de chicles 2.- DELITO DE ROBO: En el robo se tiene que utilizar la fuerza en las cosas o la violencia o intimidación en las personas para conseguir las cosas ajenas; por ejemplo el tirón del bolso (llevarte de un tirón el bolso de la señora que pasa, o sacarla una navaja para que te de el bolso; o aquél que rompe la puerta para entrar en un local o en un coche y robar lo que hay dentro) Está regulado en el art 238 del Código Penal y para los mayores está castigado con una pena de 1 a 5 años 3.- DELITO DE RECEPTACION: Y también es delito tanto el vender como el comprar una cosa que sabemos es hurtada o robada, normalmente a un precio menor de lo que vale en tienda y por eso nos aprovechamos y tenemos un beneficio.

Esto es un delito regulado en el art.298 del Código Penal y está castigado para los mayores con pena de prisión de 6 meses a 2 años Como ejemplo está el que un colega que ha robado un móvil de 500€ nos lo vende por ejemplo a 200€ 4.- DELITO DE DAÑOS : PINTADAS O GRAFITIS Si se causan daños en un edificio con pintadas o grafitis, `podemos hablar de un delito de daños regulado en el art.263 del Código Civil, que para los mayores se castiga con pena de multa económica Si las pintadas se hacen en un monumento o edificio histórico el delito viene recogido en el arto 323 del código Penal, con pena para los mayores de prisión de 6 meses a 3 años o multa económica Como ejemplo: Cuatro grafiteros fueron detenidos por pintar trenes y causar daños económicos.

Los vídeos que ellos mismos difundieron en las redes sociales sirvieron como prueba para incriminarlos. DELITOS CONTRA LAS PERSONAS:- 1.- DELITO DE ACOSO ESCOLOR O BULLYING El bullying o acoso escolar es un delito contra la integridad moral, mediante la ridiculización de la víctima, comentarios ofensivos, acosando, molestando, con un continuo maltrato verbal, incluso con violencia física con el objetivo de someter, arrinconar, intimidar u obtener algo de la víctima.

Estaríamos hablando de un delito contra la integridad moral del art.173 Código Penal castigado para los mayores con prisión de seis meses a dos años.2.- DELITO DE LESIONES/MALOS TRATOS.- El pegar y causar lesiones a otra persona es un delito que todos conocemos. Como ejemplo de las tonterías que se pueden llegar a hacer y al final que lo más fácil es que te pillen es el caso que algunos os acordareis hace poco, y es el de un chico que ha sido condenado por vejaciones injustas y delito de lesiones tras haber propinado una brutal patada a una chica, haber grabado su acto y haberlo compartido en las redes sociales.

Le localizaron “gracias” a la propia difusión que el autor de los hechos hizo en las redes sociales de su “gracia” y por ello la Policía le pilló Pero no es necesario difundirlo en las redes, el hecho de maltratar a otra persona y lesionarla es ilegal.

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El delito de lesiones está regulado en el art.147 del Código Penal y se castiga para los mayores con prisión de 3 meses a 3 años o multa económica en función de la gravedad de la lesiones.2.- DELITOS DE INJURIAS El insultar, dirigir expresiones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, es un delito de injurias, del art.208 del código Penal que para los mayores puede conllevar una importante multa económica, en función de la gravedad de los insultos.3.- DELITOS DE AMENAZAS CHANTAJES Y COACCIONES: Las coacciones consisten en ejercer «Violencia física, psíquica o moral para obligar a una persona a decir o hacer algo contra su voluntad».

Se regula en el art.147 del Código Penal y para los mayores se castiga con prisión de 6 meses a 3 años o multa económica. Las amenazas o chantajes consisten en dar a entender a otro con actos o palabras que se quiere hacer algún mal: Se regula en el art.169 CP y para los mayores se castiga con prisión de 6 meses a 5 años 4.- DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL: El artículo 384 Código Penal castiga a los conductores mayores que circulan sin licencia con pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

  1. El art Artículo 385 CP castiga con prisión de 6 meses a 2 años o multa económica el colocar en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
  2. ¿ Qué RESPONSABILIDAD TIENE ELMENOR DE EDAD? Los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal, pero sus padres si correrán con las consecuencias de lo que ellos hagan.

Una sanción económica por algo que ha hecho un niño/a de 12 ó 13 años será pagada por sus padres. El menor de catorce a dieciocho años tiene una responsabilidad penal por los hechos delictivos que comete. Es decir se le pondrá una sanción penal y correrá con las consecuencias económicas que conlleve sus actos ilícitos, o sus padres.

  • La regulación legal está recogida básicamente en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor.
  • ¿Cómo es el procedimiento? vídeo juicio: Una vez que un menor comete un delito, la víctima podrá poner una denuncia contra él ya sea en la Policía, en la Guardia Civil o en el Juzgado de Instrucción.
  • Además hay que saber que todo el que ve un delito no solo está en el derecho sino en la obligación de denunciarlo.

Entonces el asunto llegará al Fiscal de Menores, el fiscal se encargará de la investigación inicial del asunto, interrogará al menor presunto autor de los hechos, y decidirá si tramita el expediente judicial. Si se trata de un caso leve, intentará una conciliación, y se evitará el juicio: en función de la actitud del menor ante los hechos, si asume las consecuencias de sus hechos a través de una reparación extrajudicial (por ejemplo retirar el video de la red), pide disculpas a la víctima, y realiza una tarea en beneficio de la comunidad.

Si los hechos son graves o el menor no admite su responsabilidad o ya ha cometido otros delitos, se abrirá el expediente judicial. El Ministerio Fiscal una vez haya interrogado al menor trasladará todos los elementos del proceso al Juzgado de Menores, para que abra el trámite de audiencia, En este momento el abogado del menor presentará un escrito de alegaciones, proponiendo la prueba que considere oportuna, tras todo lo cual el Juez podrá decidir que se archive el proceso o que se celebre la vista o audiencia, el juicio en sí.

A la audiencia asistirá el Ministerio Fiscal, el perjudicado, el abogado del menor, además de éste, quien podrá estar acompañado de sus representantes legales (padres o tutores). En dicha audiencia el menor deberá manifestar si se declara o no autor de los hechos y si está conforme o no con la medida solicitada por el Ministerio Fiscal.

  • Una vez finalizada la audiencia, el juez dictará sentencia,
  • Contra la sentencia dictada por un Juez de Menores puede interponerse recurso de apelación ante la correspondiente Audiencia Provincial,
  • Cuando el responsable de la falta o delito sea un menor de 18 años, responderán solidariamente junto a él sus padres, tutores y guardadores legales o de hecho por los daños y perjuicios causados.

v ídeo: vista juicio de faltas lesiones: https://www.youtube.com/watch?v=Z1fbkBowBjA ¿ Qué es una sentencia ? Es la decisión final del juez, en la que se recogerá los hechos que han ocurrido, si estos constituyen un delito y qué tipo de delito y en función de cada caso, decide si el menor es autor de ese delito y las consecuencias penales y económicas que ello conlleva, es decir si tendrá que realizar un actividad en beneficio de la comunidad, o si tendrá que ir al Zambrana y así como el dinero que él (o más bien sus padres) tendrá que pagar por indemnización a la víctima.

En la sentencia que dicte el Juez, e n función de la gravedad de los hechos, las penas recogidas en el código Penal, si el menor ha cometido más delitos o no, etc se impondrá una pena o medida prevista en la ley de menores: Pueden consistir : 1.-en el alejamiento o prohibición de comunicarse con la víctima; 2.- en prestación de servicios en beneficio de la comunidad (hasta 100 horas que podrían ampliarse hasta 200); 3.- libertad vigilada, consistente en un seguimiento del menor, imponiéndole además reglas determinadas de conducta (hasta dos años, aunque pueden ampliarse por más tiempo); 4.- pero también, y en función de la tipología y gravedad del caso puede privarse de libertad al menor con permanencias de fin de semana en centro o domicilio (hasta ocho fines de semana, ampliables a dieciséis) 5.- o internamientos en centro cerrado o semiabierto hasta dos años, ampliable en función de la gravedad del caso de 2 a 5 años.

Aquí en Valladolid en el centro de menores Zambrana. vídeo: Centro menores: https://www.youtube.com/watch?v=C8jyK0J4Jbw https://www.youtube.com/watch?v=2vu0Id2JHWo Otras medidas pueden ser:

  • Asistencia a un centro de día.
  • Permanencia de fin de semana.
  • Obligación de someterse a programas de tipo formativo
  • Prohibición de acudir a determinados lugares
  • Prohibición de ausentarse del lugar de residencia sin autorización judicial
  • Obligación de residir en un lugar determinado.
  • Obligación de comparecer personalmente ante el Juzgado de Menores o profesional que se designe
  • Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo.
  • Prestaciones en beneficio de la comunidad.
  • Amonestación.

Consejos finales: «Ten cuidado con las fotografías que subes y nunca manejes ninguna comprometedora.» «Tapa la webcam y no te fíes de quién está al otro lado.» «Pide ayuda a una persona adulta en caso de problemas.» «Usa contraseñas seguras, protégelas y cámbialas de vez en cuando.» «Ten precaución con las personas nuevas que contactas en la Red.

Ten especial cuidado con los contactos que agregas.» – REcomendaciones para el uso seguro de internet: vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=t-x73w1N1os Fuente: www.Pantallasamigas.net, www.delitosinformaticos.com, e-legales.net; ciberdelitos.com Celia Miravalles, abogado Si te pareció interesante este post, no dudes en compartirlo, puede que a otros también se lo parezca.

Te invito a suscribirte al blog, estarás informado de la publicación de los nuevos artículos. Puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales, para la realización de gestiones, redacción de escritos o defensa en juicio en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 9), en tfo.630 90 30 68 / 983343960, o en [email protected]

¿Qué pasa cuando robas?

El hurto es un delito contra la propiedad, cuyos orígenes como concepto se remiten al Derecho Romano. Aparece frecuentemente reflejado dentro de los Códigos Penales de muchos países a nivel mundial. Consiste en la apropiación no autorizada de un objeto, sin que el ejecutante emplee algún tipo de violencia o intimidación. Que Pasa Si Me Detienen Con Una Moto Robada El delito de hurto consiste en apoderarse de una cosa ajena sin el consentimiento del dueño y con ánimo de lucro pero sin emplear la fuerza ni en las personas ni en la cosa. Es un término que suele confundirse con otros relacionados, como robo y expoliación.

¿Qué pasa si uno compra algo robado?

Se sancionará con pena de tres a diez años de prisión y hasta mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en éste, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objetos o productos del robo, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco